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Permisos retribuidos

Horas sindicales: el crédito horario de los representantes

Guía práctica · Por · Actualizado en octubre de 2026
Horas sindicales: el crédito horario de los representantes

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Los delegados de personal y los miembros del comité de empresa disponen de un número de horas pagadas al mes para ejercer su labor de representación. Es lo que se conoce como crédito horario u «horas sindicales».

Información orientativa basada en el texto consolidado del Estatuto de los Trabajadores publicado en el BOE (última modificación: 4 de diciembre de 2025). Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice la ley. No sustituye el análisis de tu caso por un profesional.
Qué dice la ley, literalmente
«Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.»
Artículo 37.3.e) del Estatuto de los Trabajadores.

Cuántas horas al mes

El artículo 68.e) del Estatuto fija la escala para cada miembro del comité o delegado de personal, en cada centro de trabajo:

Plantilla del centroHoras mensuales retribuidas
Hasta 100 trabajadores15 horas
De 101 a 25020 horas
De 251 a 50030 horas
De 501 a 75035 horas
De 751 en adelante40 horas

Claves

  • El convenio puede mejorar esta escala.
  • Por convenio puede pactarse la acumulación de las horas de varios representantes en uno o varios de ellos, sin superar el total, que pueden quedar relevados del trabajo sin perder su remuneración.
  • Los representantes no pueden ser despedidos ni sancionados por actos realizados en el ejercicio de su representación, durante su mandato ni en el año siguiente (artículo 68.c).
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Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas sindicales tiene un delegado de personal?

Depende de la plantilla del centro: desde 15 horas mensuales hasta 100 trabajadores, hasta 40 horas a partir de 751.

¿Las horas sindicales se pagan?

Sí. La ley habla de un crédito de horas mensuales retribuidas.

¿Se pueden acumular en una sola persona?

Solo si lo pacta el convenio colectivo, y sin rebasar el máximo total.

Otros permisos retribuidos

Esta guía forma parte de nuestra serie sobre permisos retribuidos.

Fuente: Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), texto consolidado con última modificación de 4 de diciembre de 2025.