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Permisos retribuidos

Permiso para exámenes prenatales y preparación al parto

Guía práctica · Por · Actualizado en octubre de 2026
Permiso para exámenes prenatales y preparación al parto

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Las ecografías, los análisis y las clases de preparación al parto que coincidan con tu horario de trabajo son tiempo pagado. Lo mismo ocurre con las sesiones y los informes obligatorios en una adopción o un acogimiento.

Información orientativa basada en el texto consolidado del Estatuto de los Trabajadores publicado en el BOE (última modificación: 4 de diciembre de 2025). Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice la ley. No sustituye el análisis de tu caso por un profesional.
Qué dice la ley, literalmente
«Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.»
Artículo 37.3.f) del Estatuto de los Trabajadores.

Qué cubre

SituaciónQué incluye
EmbarazoExámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
Adopción, guarda con fines de adopción o acogimientoSesiones obligatorias de información y preparación, e informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad

La condición clave

La ley exige que la cita deba tener lugar dentro de la jornada de trabajo. Si puedes elegir libremente una hora fuera de tu horario, la empresa puede pedirte que lo hagas. Por eso conviene guardar el justificante con la hora de la cita.

Cómo pedirlo sin problemas

  1. Avisa antes, o en cuanto puedas si es algo imprevisto. La ley exige «previo aviso».
  2. Hazlo por escrito (correo electrónico, aplicación de la empresa o mensaje) para que quede constancia de la fecha.
  3. Entrega el justificante: el justificante de la cita o de asistencia, con fecha y hora.
  4. Mira tu convenio: puede dar más días, concretar cómo se cuentan o pedir un plazo de aviso. Si no sabes cuál es, aquí te explicamos cómo saber qué convenio se te aplica.
Protección durante el embarazo
El despido de una trabajadora embarazada es nulo desde el inicio del embarazo, salvo que se declare procedente por motivos no relacionados con él (artículo 55.5.b del Estatuto). Lo explicamos en la guía sobre despido durante el embarazo o la reducción de jornada.
Herramienta gratuita

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🔒 Sin compromiso. Tus datos están protegidos conforme al RGPD. Información orientativa; no sustituye a un abogado.

Preguntas frecuentes

¿Me tienen que pagar las horas de las ecografías?

Sí, por el tiempo indispensable, siempre que la cita deba tener lugar dentro de tu jornada de trabajo.

¿Las clases de preparación al parto están incluidas?

Sí. La ley menciona expresamente las técnicas de preparación al parto.

¿Hay un número máximo de citas?

El Estatuto no fija un máximo: cubre el tiempo indispensable de cada una.

¿Vale para trámites de adopción?

Sí, para las sesiones de información y preparación y para los informes previos a la declaración de idoneidad que sean obligatorios.

Otros permisos retribuidos

Esta guía forma parte de nuestra serie sobre permisos retribuidos.

Fuente: Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), texto consolidado con última modificación de 4 de diciembre de 2025.