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Permisos retribuidos

Lo que no es un permiso retribuido: parental, nacimiento, reducción de jornada

Guía práctica · Por · Actualizado en octubre de 2026
Lo que no es un permiso retribuido: parental, nacimiento, reducción de jornada

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No todo lo que se llama «permiso» se cobra de la empresa. Estas son las figuras que más se confunden con los permisos retribuidos, y lo que dice la ley de cada una.

Información orientativa basada en el texto consolidado del Estatuto de los Trabajadores publicado en el BOE (última modificación: 4 de diciembre de 2025). Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice la ley. No sustituye el análisis de tu caso por un profesional.

Resumen

FiguraDuración¿Paga salario la empresa?Artículo
Nacimiento y cuidado de menor19 semanas por progenitor (32 en familias monoparentales)No: suspensión del contrato, con prestación de la Seguridad Social48.4
Permiso parentalHasta 8 semanas, hasta que el menor cumpla 8 añosNo: es una suspensión del contrato48 bis y 45.1.o
Reducción de jornada por guarda legalEntre un octavo y la mitad de la jornadaSe reduce el salario en proporción37.6
Reducción por hijo prematuro u hospitalizadoHasta dos horasSe reduce el salario en proporción37.5
Excedencia por cuidado de hijos o familiaresHasta 3 años (hijos) o 2 años (familiares)No46.3

Nacimiento y cuidado de menor: 19 semanas

Lo que se conoce como permiso de maternidad o paternidad es una suspensión del contrato de diecinueve semanas para cada progenitor, o treinta y dos si hay una única persona progenitora (artículo 48.4). Se reparte así:

  • 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, inmediatamente después del parto.
  • 11 semanas (22 en monoparentalidad) a distribuir en periodos semanales hasta que el hijo cumpla doce meses.
  • 2 semanas (4 en monoparentalidad) para el cuidado del menor, a distribuir hasta que cumpla ocho años.

Es un derecho individual que no se puede transferir al otro progenitor. La adopción, la guarda con fines de adopción y el acogimiento tienen la misma duración (artículo 48.5). Al ser una suspensión, la empresa no paga el salario: lo que se cobra es una prestación que se solicita a la Seguridad Social. Tienes todos los detalles en la guía del permiso por nacimiento y cuidado de menor.

Permiso parental: hasta 8 semanas

Sirve para cuidar de un hijo o de un menor acogido por más de un año, hasta que cumpla ocho años. Dura como máximo ocho semanas, seguidas o no, a tiempo completo o parcial (artículo 48 bis).

  • Es individual e intransferible.
  • Tú eliges las fechas, avisando con diez días de antelación o los que fije el convenio, salvo fuerza mayor.
  • La empresa solo puede aplazarlo un periodo razonable, por escrito y tras ofrecer una alternativa igual de flexible, cuando varias personas lo piden por el mismo menor (o en otros supuestos que defina el convenio) y eso altera seriamente su funcionamiento.

El Estatuto lo incluye entre las causas de suspensión del contrato (artículo 45.1.o), y la suspensión libera a la empresa de pagar el salario (artículo 45.2). El texto vigente de la ley no prevé retribución para este permiso. Más en la guía del permiso parental de 8 semanas.

Reducción de jornada por guarda legal

Si cuidas de un menor de doce años o de una persona con discapacidad que no trabaja, puedes reducir tu jornada diaria entre un octavo y la mitad, con la reducción proporcional del salario (artículo 37.6). El mismo derecho existe para cuidar del cónyuge, la pareja de hecho o un familiar hasta segundo grado que no pueda valerse por sí mismo y no trabaje.

Aunque no se cobra, tiene una protección fuerte: el despido de quien la ha solicitado o la disfruta es nulo, salvo que se declare procedente por motivos ajenos (artículo 55.5.b). Tienes la guía completa de la reducción de jornada y la del despido con reducción de jornada.

«Asuntos propios» y permisos sin sueldo

El Estatuto de los Trabajadores no reconoce días de asuntos propios ni un permiso general sin sueldo. Existen solo si los recoge tu convenio colectivo o los pactas con la empresa. Mira cómo saber qué convenio se te aplica.

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Preguntas frecuentes

¿El permiso parental de ocho semanas se cobra?

El texto vigente del Estatuto lo configura como una suspensión del contrato y no prevé salario durante su disfrute.

¿Cuántas semanas son por nacimiento de un hijo?

Diecinueve semanas para cada progenitor, y treinta y dos cuando hay una única persona progenitora.

¿Tengo derecho a días de asuntos propios?

Solo si los reconoce tu convenio colectivo. El Estatuto de los Trabajadores no los prevé.

¿Me pueden despedir por pedir una reducción de jornada?

El despido de quien la solicita o disfruta es nulo, salvo que se acredite que es procedente por motivos no relacionados.

Otros permisos retribuidos

Esta guía forma parte de nuestra serie sobre permisos retribuidos.

Fuente: Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), texto consolidado con última modificación de 4 de diciembre de 2025.