La enseñanza concertada tiene un convenio estatal propio que regula las condiciones del profesorado y del personal de administración y servicios. Entre pago delegado, jornada lectiva y complementaria y periodos no lectivos, hay particularidades que conviene conocer para entender tu nómina y tu tiempo de trabajo.
Un convenio estatal, con matices autonómicos
El sector se rige por un convenio estatal de enseñanza concertada que fija las condiciones comunes. En algunas materias (sobre todo complementos retributivos), los convenios autonómicos pueden tener prioridad, actuando el estatal como referencia general.
El pago delegado
Una particularidad del sector: buena parte del salario del profesorado en pago delegado lo abona directamente la administración educativa, aunque tu empleador siga siendo el centro. Esto tiene efectos prácticos en tu nómina, pero no cambia tu relación laboral con el colegio.
Qué revisar en tu situación
- Que tu reparto de horas lectivas y complementarias respete el convenio.
- Que las pagas extra y los complementos estén correctos.
- Que los periodos no lectivos y vacaciones se respeten.
- Que tu categoría y tu jornada (completa o parcial) estén bien reflejadas.
Qué hacer si no se respeta
Las diferencias retributivas se reclaman por la vía de reclamación de cantidad. Si te imponen un cambio relevante de jornada o funciones, puede ser una modificación sustancial de condiciones. Para incumplimientos generales, qué hacer si tu empresa no respeta tu convenio.
Nuestro asistente revisa tus condiciones según el convenio de enseñanza concertada. Si detectamos un problema, te conectamos con un abogado laboralista especializado.
Analiza tu caso laboral