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No me pagan la nómina: plazos, intereses y cómo reclamar (FOGASA incluido)

Guía práctica · Actualizado en julio de 2026
No me pagan la nómina: plazos, intereses y cómo reclamar (FOGASA incluido)

Llega fin de mes y la nómina no llega. O llega tarde un mes sí y otro también. El impago de salarios es de los incumplimientos más graves que puede cometer una empresa, y la ley te da varias vías para reclamar — algunas más potentes de lo que la mayoría cree.

Tus derechos básicos ante el impago

  • El salario debe pagarse puntualmente en la fecha convenida (art. 29 del Estatuto de los Trabajadores).
  • El retraso genera interés por mora a favor del trabajador.
  • Reclamar es un derecho: el despido como represalia por reclamar salarios puede ser declarado nulo.

Las tres vías, de menos a más contundente

  1. Reclamación interna por escrito. Un email o burofax pidiendo el pago deja constancia y a veces basta. Guarda copia de todo.
  2. Papeleta de conciliación y demanda de reclamación de cantidad. Para recuperar los salarios adeudados con intereses. Plazo: 1 año desde que cada cantidad debió pagarse.
  3. Extinción indemnizada del contrato (art. 50 ET). La vía que casi nadie conoce: si el impago o los retrasos son graves y continuados, puedes solicitar al juzgado la extinción del contrato con derecho a la indemnización del despido improcedente (33 días por año) y al paro. Es como si te «autodespidieras» cobrando. Los tribunales suelen apreciarla con 3 o más mensualidades impagadas o retrasos persistentes y relevantes.

¿Y si la empresa no puede pagar o cierra?

Existe el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), un organismo público que paga —con límites— salarios e indemnizaciones pendientes cuando la empresa es insolvente o está en concurso. Para acceder necesitas haber reclamado formalmente (no basta con quejarse de palabra): por eso es tan importante reclamar por las vías oficiales y dentro de plazo.

Documentos que debes ir guardando YA

  • Contrato y todas las nóminas (aunque estén impagadas: acreditan lo que se te debe).
  • Extractos bancarios donde se vea qué meses no hubo ingreso.
  • Emails o mensajes reclamando el pago y las respuestas.
  • Vida laboral actualizada.

Errores frecuentes

  1. Dejar pasar meses «por no buscar problemas»: cada mensualidad prescribe al año.
  2. Irse de la empresa dimitiendo sin más: pierdes la indemnización y el paro que la vía del art. 50 te habría dado.
  3. Aceptar pagos en efectivo sin recibo.
  4. No reclamar por escrito (luego es difícil probar la mora).

Preguntas frecuentes

¿Puedo dejar de ir a trabajar si no me pagan? No de forma unilateral: la vía segura es la extinción judicial del art. 50 ET. Abandonar el puesto puede volverse en tu contra.

¿Cuánto tarda la vía judicial? Depende del juzgado, pero la reclamación empieza a proteger tus derechos desde la papeleta de conciliación. Cuanto antes se presente, mejor.

¿Me pueden despedir por reclamar? Si lo hacen como represalia, ese despido puede ser nulo, con readmisión obligatoria y salarios de tramitación.

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