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Indemnización y finiquito en construcción: lo que debes saber

Guía práctica · Actualizado en julio de 2026
Indemnización y finiquito en construcción: lo que debes saber

La construcción tiene particularidades propias en materia de contratos y ceses, sobre todo por el contrato fijo de obra y la indemnización por fin de obra. Si trabajas en el sector, conviene que sepas qué te corresponde al terminar, para no firmar un finiquito incompleto.

Esta guía es información general orientativa y no constituye asesoramiento jurídico. Las condiciones concretas dependen del Convenio General del Sector de la Construcción y de tu situación; ante un conflicto, conviene revisar tu caso con un abogado laboralista.

El convenio general de la construcción

El sector de la construcción se rige por un convenio general estatal que fija las condiciones comunes (clasificación, formación, seguridad, indemnizaciones), complementado por convenios provinciales que concretan tablas salariales. Este doble nivel es importante a la hora de calcular lo que te corresponde al finalizar.

Lo que dice la ley
El artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores regula la extinción del contrato y el derecho a la liquidación (finiquito). Las indemnizaciones por fin de obra o por despido se calculan según el Estatuto y el convenio del sector.

Finiquito: qué debe incluir

Al terminar, tu finiquito debe recoger los días trabajados, la parte proporcional de pagas extra y las vacaciones no disfrutadas, entre otros conceptos. Es lo mismo que en cualquier sector; puedes verlo en detalle en nuestra guía general de finiquito: qué es y cómo saber si está bien calculado.

La indemnización por fin de obra
El convenio de la construcción reconoce una indemnización por cese al terminar la obra o el contrato fijo de obra, calculada como un porcentaje sobre determinados conceptos salariales. Es un derecho propio del sector que no siempre se incluye correctamente en el finiquito, así que conviene revisarlo.

Qué revisar antes de firmar

Revisa…Por qué importa
La indemnización por fin de obraEs específica del sector y a veces se omite.
Pagas extra y vacacionesConceptos que suelen calcularse mal.
La causa del ceseDetermina si además corresponde indemnización por despido.
La fecha del documentoDebe ser la del cese real.
Señal de alarma
Si te presentan el finiquito para firmar en el acto y sin la indemnización por fin de obra, no firmes sin revisarlo. Puedes firmar como «no conforme» o consultar antes.

Qué hacer si no cuadra

Si el finiquito está incompleto o la causa del cese pudiera ser un despido improcedente, tienes plazos cortos para actuar (el despido tiene solo 20 días hábiles). Revisa también seguridad y categorías en construcción para comprobar que tu encuadramiento era correcto, ya que influye en el cálculo.

Preguntas frecuentes
¿La indemnización por fin de obra es lo mismo que el finiquito?
No. El finiquito liquida lo que ya has ganado; la indemnización por fin de obra es una cantidad adicional propia del convenio de construcción por el cese.
¿Cuánto tiempo tengo si creo que es un despido improcedente?
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha del cese. Es muy corto, conviene actuar rápido.
Firmé el finiquito sin la indemnización de fin de obra, ¿puedo reclamar?
Firmar no siempre impide reclamar conceptos que faltan, especialmente si no fueron incluidos. Conviene revisar tu caso cuanto antes.
¿Dudas con tu finiquito o indemnización en construcción?

Nuestro asistente revisa qué te corresponde según el convenio de construcción, incluida la indemnización por fin de obra. Si el finiquito está incompleto, te conectamos con un abogado laboralista.

Revisa tu finiquito