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Cuánto paro te corresponde tras un despido (y los errores que lo hacen perder)

Guía práctica · Actualizado en julio de 2026
Cuánto paro te corresponde tras un despido (y los errores que lo hacen perder)

Te despiden y la primera pregunta práctica es esa: «¿cuánto paro me queda?». La prestación por desempleo tiene reglas claras — y también trampas de plazo que cada año hacen perder dinero a miles de trabajadores. Vamos por partes, con cifras orientativas que conviene verificar siempre en el SEPE para tu caso concreto.

Primero: ¿tienes derecho?

  • Necesitas al menos 360 días cotizados por desempleo en los últimos 6 años para la prestación contributiva.
  • El cese debe ser involuntario: despido (de cualquier tipo), fin de contrato, no superación del periodo de prueba a instancia de la empresa, o extinción por causas del art. 50 ET. La baja voluntaria no da derecho a paro.
  • Si no llegas a 360 días, puede corresponderte un subsidio (según cotización y cargas familiares).

Cuánto se cobra (orientativo)

La prestación se calcula sobre tu base reguladora (promedio de las bases de cotización de los últimos 180 días trabajados):

  • 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días.
  • 60% a partir del día 181.

Con topes máximos y mínimos que dependen del IPREM y de si tienes hijos a cargo (se actualizan cada año — verifica los vigentes en el SEPE). Ojo: la base reguladora no es tu salario neto, sino la base de cotización; en salarios medios el paro inicial suele quedar notablemente por debajo del sueldo.

Cuánto dura

Días cotizados (últimos 6 años)Duración de la prestación
360 – 539120 días (4 meses)
540 – 719180 días (6 meses)
900 – 1.079300 días (10 meses)
1.440 – 1.619480 días (16 meses)
2.160 o más720 días (24 meses, el máximo)

(Tabla resumida: los tramos intermedios suman 60 días de prestación por cada 180 cotizados.)

El plazo que no perdona: 15 días hábiles

⏳ Solicítalo a tiempo

Tienes 15 días hábiles desde el cese para pedir la prestación (antes: inscribirte como demandante de empleo). Si lo pides tarde, pierdes los días de prestación equivalentes al retraso. Se solicita en la sede electrónica del SEPE o con cita previa.

Errores frecuentes que cuestan dinero

  1. Dejar pasar los 15 días hábiles «porque aún estoy gestionando el despido». Se puede reclamar el despido Y pedir el paro a la vez.
  2. Firmar una «baja voluntaria» encubierta o un abandono: sin cese involuntario no hay paro. Si te presionan a dimitir, pide asesoramiento antes de firmar nada.
  3. No pedir a la empresa el certificado de empresa (obligatorio para el SEPE; la empresa debe remitirlo, pero conviene vigilarlo).
  4. Rechazar la reclamación del despido pensando que afecta al paro: impugnar tu despido no te quita la prestación.
  5. Trabajar sin comunicar mientras se cobra: sanción y devolución. No compensa nunca.

Preguntas frecuentes

¿El despido disciplinario da paro? Sí. Cualquier despido es cese involuntario a efectos de desempleo, aunque la empresa alegue causa disciplinaria.

¿Y si cobro finiquito o indemnización? Son compatibles con el paro: la indemnización legal por despido no lo impide ni lo reduce.

¿Puedo capitalizar el paro? Existe el pago único para iniciar una actividad como autónomo, con requisitos propios. Infórmate en el SEPE antes de decidir.

El paro es una parte; la otra es lo que la empresa te debe por el despido. Comprueba gratis en 2 minutos si tu despido es impugnable y cuánta indemnización estaría en juego.

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