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Convenio Colectivo del Metal de la Comunidad de Madrid 2024-2026: guía práctica para trabajadores

Guía práctica · Actualizado en julio de 2026
Convenio Colectivo del Metal de la Comunidad de Madrid 2024-2026: guía práctica para trabajadores

Si trabajas en el sector del metal en la Comunidad de Madrid, este convenio es tu norma de referencia hasta finales de 2026. Te explicamos los aspectos más importantes: jornada, salarios, vacaciones, permisos y mucho más, directamente extraídos del texto del convenio.

Información orientativa basada en el articulado del Convenio Colectivo de la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid (vigencia 2024-2026). No constituye asesoramiento jurídico individualizado. Para cualquier duda concreta sobre tu situación laboral, consulta con un profesional.

¿A quién se aplica este convenio?

El convenio tiene ámbito autonómico y se aplica en toda la Comunidad de Madrid. Cubre a todas las empresas y personas trabajadoras que desarrollen actividades relacionadas con el sector del metal, incluyendo:

  • Metalurgia y siderurgia
  • Automoción y sus componentes
  • Industria aeroespacial y material ferroviario
  • Robótica, domótica y automatismos
  • Equipos y tecnologías de telecomunicaciones e información
  • Componentes de energías renovables
  • Fabricación y mantenimiento de equipos mecánicos, eléctricos o electrónicos

Quedan excluidos únicamente los cargos de alta dirección regulados por el Real Decreto Legislativo 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores). Si tienes dudas sobre si tu empresa está incluida, puedes consultar el artículo sobre cómo saber qué convenio te aplica.

Vigencia: ¿hasta cuándo está en vigor?

El convenio es aplicable desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026. Si ninguna de las partes lo denuncia con al menos un mes de antelación a su vencimiento, se prorrogará automáticamente año a año a partir del 1 de enero de 2027.

¿Qué pasa si no se denuncia el convenio?

Según el artículo 5, si no se formula denuncia en plazo, el convenio se entiende prorrogado en sus propios términos año a año desde el 1 de enero de 2027. Esto significa que sus condiciones seguirán siendo de aplicación aunque no haya nuevo texto negociado.

Jornada de trabajo y horas de libre disposición

La jornada anual de trabajo efectivo fijada en el convenio (artículo 48) es la siguiente:

AñoJornada anual totalHoras libre disposiciónJornada individual efectiva
20241.764 horas10 horas1.754 horas
20251.760 horas8 horas1.752 horas
20261.756 horas8 horas1.748 horas

Las horas de libre disposición para asuntos propios se acuerdan entre empresa y persona trabajadora. El calendario laboral lo elabora la dirección de la empresa de acuerdo con la representación legal de los trabajadores antes del 1 de enero de cada año.

Vacaciones anuales

El convenio establece 22 días laborables de vacaciones, con un mínimo de 30 días naturales. Se retribuyen con el salario de convenio más el complemento de antigüedad, el complemento de mejora de productividad y el promedio de los conceptos retributivos habituales obtenidos en los tres meses anteriores al disfrute (artículo 35).

Las vacaciones se fijan preferentemente en verano, siguiendo lo que establece el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. Cuando se disfruten por semanas completas, deben comenzar en lunes (o martes si el lunes es festivo), salvo que empiecen el día 1 o 15 del mes.

Subidas salariales 2024-2026

El artículo 29 del convenio fija los incrementos salariales para cada año de vigencia:

  • 2024: incremento del 3% sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2023.
  • 2025: incremento del 3% sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2024.
  • 2026: incremento del 2% sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2025.

Además, el convenio incluye una cláusula de revisión salarial vinculada al IPC: si el IPC real supera el incremento pactado en cada año, se aplica una actualización adicional hasta un tope máximo del 4% (para 2024) y del 4,5% (para 2025 y 2026), sin carácter retroactivo. Las cifras exactas de cada tabla salarial por grupo profesional figuran en los anexos del convenio; si necesitas conocer tu salario mínimo concreto, consulta esas tablas o a un profesional.

Incrementos no compensables ni absorbibles

El artículo 7 aclara que los incrementos salariales pactados para 2024, 2025 y 2026 no podrán ser compensados ni absorbidos por mejoras anteriores. Esto protege la subida efectiva del salario de cada trabajador.

Conceptos salariales y complementos

El convenio regula una amplia variedad de conceptos retributivos (artículo 30). Los más relevantes para el día a día son:

  • Gratificaciones extraordinarias (art. 33): dos pagas de 30 días de salario de convenio, abonadas el 15 de julio y el 22 de diciembre, prorrateadas por semestres naturales.
  • Complemento de antigüedad (art. 41): hasta cinco quinquenios como máximo (se respetan situaciones anteriores con más quinquenios). Se devenga a partir del mes siguiente al que se cumple cada quinquenio.
  • Complemento de nocturnidad (art. 39): el 25% del salario de convenio para trabajo realizado entre las 22:00 y las 06:00 horas, con reglas específicas según el número de horas nocturnas trabajadas.
  • Complemento de penosidad, toxicidad y peligrosidad (art. 38): un plus del 20% sobre el salario base por día trabajado en condiciones de riesgo, que puede llegar al 25% o al 30% si concurren dos o tres de esas circunstancias simultáneamente.
  • Complemento de mejora de productividad (art. 42): equivalente al 1,5% del salario convenio anual, dividido en doce mensualidades, condicionado a no superar ocho horas de ausencia laboral al mes.
  • Horas extraordinarias (art. 34): pueden compensarse por tiempo libre a razón de 1 hora y 45 minutos por cada hora extra, de común acuerdo entre empresa y trabajador.

Permisos retribuidos

El artículo 43 recoge las licencias retribuidas a las que tienes derecho, entre las que destacan:

  • Tiempo necesario para asistencia a consulta médica de especialistas (propia persona trabajadora), con justificante.
  • Hasta 16 horas anuales para consulta médica general o de cabecera, extensibles al acompañamiento de cónyuge, ascendientes de primer grado o hijos/as menores de 16 años (o con discapacidad certificada a cualquier edad).
  • Un día natural por matrimonio de padres, madres, hijos/as o hermanos/as.

El convenio recoge más supuestos de licencia; si necesitas conocer el listado completo, consulta el texto oficial o a un asesor laboral.

Período de prueba según grupo profesional

El artículo 22 establece los plazos máximos del período de prueba en función del grupo profesional:

Grupo ProfesionalPeríodo de prueba máximo
Grupos 1 y 2Hasta 6 meses
Grupo 3Hasta 2 meses
Grupos 4 y 5Hasta 1 mes
Grupos 6 y 7Hasta 15 días

El período de prueba solo es válido si consta por escrito en el contrato.

Señal de alarma: preaviso en la baja voluntaria

Si decides dejar la empresa voluntariamente, el artículo 26 obliga a preavisar por escrito con al menos un mes si eres personal técnico o titulado, y con quince días naturales en el resto de casos. Si no cumples este plazo, la empresa puede descontarte de la liquidación los días de preaviso no respetados.

Teletrabajo y desconexión digital

El convenio regula el teletrabajo (artículo 13) con las siguientes características clave:

  • Es voluntario para la persona trabajadora y requiere acuerdo previo con la empresa.
  • Es reversible en cualquier momento por ambas partes, con un preaviso mínimo de 15 días por escrito (salvo urgencia justificada).
  • Si la empresa deniega el teletrabajo, debe comunicarlo por escrito y no puede existir trato desigual entre personas del mismo departamento.

Además, el artículo 51 Ter reconoce expresamente el derecho a la desconexión digital fuera del horario laboral: no hay obligación de responder llamadas, correos ni mensajes profesionales una vez terminada la jornada.

Régimen disciplinario: faltas y sanciones

El convenio clasifica las faltas en leves, graves y muy graves, y establece sus plazos de prescripción (artículo 59):

Tipo de faltaPrescripción desde que la empresa tuvo conocimientoPlazo máximo absoluto
Leve10 días6 meses desde la comisión
Grave20 días6 meses desde la comisión
Muy grave60 días6 meses desde la comisión

Toda sanción debe comunicarse por escrito con indicación de la fecha y los hechos. Las sanciones por faltas graves y muy graves deben ponerse en conocimiento de la representación legal de los trabajadores. Las sanciones siempre son impugnables ante la jurisdicción laboral.

Complemento por accidente de trabajo

El artículo 47 reconoce un complemento adicional del 15% de la base reguladora en caso de accidente de trabajo (ocurrido durante la jornada) o enfermedad profesional con baja superior a diez días. Este complemento lo paga la empresa a partir del undécimo día de baja, sumándose a la prestación de la Seguridad Social.

Igualdad, acoso y derechos LGTBI

El convenio dedica varios artículos a la igualdad y la no discriminación. Se crea una comisión de igualdad paritaria (artículo 51) y se establece la obligación de desarrollar un protocolo de prevención y actuación contra el acoso sexual y por razón de sexo (artículo 52). Además, las partes firmantes se comprometieron a negociar medidas de igualdad efectiva para personas LGTBI antes de enero de 2025 (Disposición Transitoria Cuarta).

Lo que dice la ley

El Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) es la norma general de referencia que el convenio desarrolla y, en muchos casos, mejora para el sector del metal en Madrid. El convenio no puede establecer condiciones por debajo de los mínimos legales del ET, pero sí puede mejorarlos, como ocurre con las vacaciones o los plazos de período de prueba.

Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden según este convenio?
22 días laborables, con un mínimo de 30 días naturales, retribuidos con el salario de convenio más los complementos habituales (art. 35).
¿Puedo pedir teletrabajo en mi empresa del metal en Madrid?
Sí, el artículo 13 reconoce este derecho de forma voluntaria y por acuerdo con la empresa. Si te lo deniegan, deben comunicártelo por escrito y no puede haber trato desigual entre compañeros del mismo departamento.
¿Cuánto me subirá el sueldo en 2026?
El convenio fija un incremento del 2% sobre las tablas de 2025, más una posible revisión si el IPC supera ese porcentaje (con tope del 4,5%). Las cifras exactas dependen de tu grupo profesional y figuran en las tablas salariales anexas al convenio.
¿Qué pasa si mi empresa me sanciona sin comunicármelo por escrito?
Una sanción sin comunicación escrita no es válida según el artículo 54. Además, tienes derecho a impugnarla ante la jurisdicción laboral. Consulta con un profesional si crees que la sanción no se ha tramitado correctamente.
¿Qué complemento me corresponde si trabajo de noche?
El artículo 39 establece un complemento de nocturnidad del 25% del salario de convenio para trabajo entre las 22:00 y las 06:00 horas. Si trabajas más de cuatro horas nocturnas en una jornada, el complemento se aplica a toda esa jornada.
¿Mi empresa puede no aplicarme este convenio?
Solo en circunstancias muy específicas y mediante acuerdo formal con la representación legal de los trabajadores, al amparo del artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores (Disposición Adicional Segunda). Si crees que tu empresa no respeta el convenio, consulta el artículo sobre qué hacer si tu empresa no respeta tu convenio.
¿Tienes dudas sobre tus derechos en el sector del metal?

Si crees que tu empresa no está cumpliendo el convenio, tienes una duda sobre tu nómina o quieres entender mejor tus condiciones laborales, nuestro asistente puede ayudarte a orientarte antes de hablar con un abogado. Recuerda que la información es orientativa y no sustituye al asesoramiento profesional.

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